La eficiencia energética mide la relación entre la energía necesaria para mantener una propiedad habitable (vivienda o local) en condiciones de confort y la energía que realmente se consume para mantenerla en este estado.
Como se deduce del párrafo anterior, esta eficiencia depende de las características constructivas de la propiedad (materiales, diseño, tipos de cerramientos, etc.) y de las instalaciones de calefacción – de aire y agua sanitaria – y aire acondicionado si corresponde.
¿Por qué es necesario disponer de la certificación?
Cuando se construya, venda o alquile una vivienda o un local es necesario presentar al comprador o al nuevo arrendatario el certificado de eficiencia energética del inmueble que se anexará a la escritura de compraventa o al contrato de arrendamiento (Artículo 17, punto 1 y 2 del RD 390/2021 del 1 de junio que regula todo lo relativo al certificado energético)
Además es necesario incluir la información del certificado energético siendo responsables las personas físicas o jurídicas que permitan o publiquen los anuncios en vallas, páginas webs, carteleras, catálogos, etc.
¿Quién realiza la Certificación de la Eficiencia Energética?
Todo técnico habilitado para realizar proyectos, Arquitectos, Arquitectos Técnicos (Aparejadores), Ingenieros (Aeronáuticos, Agrónomos, de Caminos, Canales y Puertos, Industriales, de Minas, de Montes, Navales, de Telecomunicaciones y Químicos) e Ingenieros Técnicos (Aeronáutico, Agrícola, Forestal, Industrial, de Minas, Naval, de Obras Públicas, de Telecomunicaciones y Topógrafo)
¿Cómo se realiza la Certificación?
El técnico responsable de la certificación le solicitará al propietario del inmueble una serie de documentos y datos para realizar su trabajo. Algunos de ellos son:
- Ubicación precisa del inmueble.
- Referencia catastral.
- Plano de la propiedad (si está disponible)
- Memoria constructiva (si está disponible)
- Reformas (si las hubiera habido)
Es obligatoria la visita del técnico certificador al inmueble para comprobar la exactitud de los datos entregados como así también determinar los parámetros y situaciones necesarios para realizar la certificación.
¿Cuál es el coste de realizar la Certificación de la Eficiencia Energética de un Edificio?
El coste de confeccionar un certificado de eficiencia energética y de registrarlo – en Tenerife en la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias – se establece en función de diversos factores tales como tipología de la propiedad, superficie construida, ubicación geográfica, etc.
Los honorarios por la confección del certificado en el caso de CalidadNatural dependen de la tipología y metros cuadrados de la propiedad pero siempre serán los más competitivos de Tenerife.
Le ofrecemos un presupuesto sin compromiso para realizar la certificación de su propiedad. Complete por favor el formulario que aparece más abajo.
¿Y si no dispongo del Certificado Energético?
Mientras no venda u alquile su propiedad no hay obligación de disponer del certificado de calificación energética vigente.
Sin embargo desde el mismo momento en que lo ponga en venta o alquiler debe contar con el certificado. De esta forma los interesados dispondrán de la información que proporciona el documento para tomar la decisión de compra o alquiler.
Recuerde que la idea detrás de esta exigencia es que el consumidor disponga de la información completa sobre la propiedad que va a comprar o alquilar.
Las infracciones en materia de certificación energética vienen establecidas por la Disposición Adicional duodécima del RD 7/2015, de 30 de octubre del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Dicho lo cual las infracciones se clasifican por su carácter: leve, grave o muy grave.
Son infracciones leves entre otras las siguientes más comunes:
- No disponer del CEE en vigor para vender o alquilar.
- Publicitar la venta o alquiler sin incluir la certificación energética.
Se penalizan con multas que parten desde los 300 Euros y llegan hasta los 600 Euros.
Son infracciones graves las siguientes:
- No registrar el certificado en el organismo que corresponda según la comunidad autónoma. En Canarias suele hacerlo el técnico que confecciona el documento y lo presenta en la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias.
- No entregar el certificado al vender o alquilar.
Las multas en estos casos parten desde los 601 Euros y llegan hasta los 1.000 Euros.
Las infracciones muy graves son aquellas que violan deliberadamente la ley. Ejemplos:
- Falsificar la calificación energética.
- Indicar en la promoción de venta una calificación energética que no se corresponde con la realidad.
- Documentos redactados por profesionales que no están calificados para realizar el certificado.
En estos casos la multa va desde los 1.001 Euros hasta los 6.000 Euros.
¿Vale la pena correr el riesgo de vender o alquilar su propiedad sin el certificado de eficiencia energética?
Creemos que la respuesta es «evidentemente no«
La visita del técnico certificador no toma más de 45 minutos para una vivienda estándar. En uno o dos días y por un precio muy ajustado usted dispondrá del certificado que, recuerde tiene una validez de 10 años (de 5 años si la calificación final es «G» para ambos indicadores)
¿Por qué veo publicidad de venta con la leyenda «certificado en trámite»?
Persiste la idea entre los propietarios que el certificado de eficiencia energética se debe presentar recién en el momento de la venta o alquiler…
Esto – como se menciona en el Real Decreto – es incorrecto.
Debe disponerse del certificado desde el mismo momento de anunciar la venta o alquiler.
¿Se imagina circular con su coche donde en vez de la matrícula aparezca el cartel «EN TRÁMITE»?
¿Verdad que no?
Pues lo mismo ocurre con el certificado de eficiencia energética.